Con ocasión del Día Internacional de la Paz, nuestro Secretario General reflexiona sobre un posible derecho humano a la paz
21/09/2022
No hace falta realizar un gran ejercicio de adivinación: los lectores que hayan llegado hasta aquí ya intuirán que hoy toca hablar de una efeméride especial. Muchos alumnos españoles, entre los que me incluyo, celebrábamos cada 30 de enero el Día de la Paz por ser el día en el que murió el dirigente y activista indio Mahatma Gandhi, hace ya 72 años a día de hoy. Era un día de darnos la mano, de pensar en un mundo sin guerras. Un día en el que la inocencia de cada niño podía acabar con todos los males del mundo.
Es mi obligación acabar con un mito extendido. El 30 de enero NO es el Día de la Paz. Al menos, no el Día Internacional de la Paz. El 30 de enero es una idea que surge en el año 1964 de la mente del poeta y pedagogo Llorenç Vidal, que creó una jornada educativa con el nombre de “Día de la No-Violencia y la Paz” para promover la cultura pacífica en los centros escolares.
Entonces, ¿hay un Día Internacional de la Paz? Sí, la ONU lo estableció en 2001 para que, al menos un día al año, cesaran todos los ataques armados y se promoviera la paz en los centros educativos en cualquier rincón de este vasto planeta. El día escogido para tal celebración es el 21 de septiembre (puedes leer la resolución de la ONU aquí).
Pero como bien has leído en el título, lo que hoy vamos a preguntarnos es si existe un derecho humano a la paz. Si preguntamos por “Derechos Humanos” que conozcamos, probablemente saldrán a la palestra el derecho a la vida, la libertad de expresión, la libertad religiosa… Efectivamente, todos ellos están recogidos en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos. Pero vayamos al origen de estos derechos, que se consagran en una época en la que se pretendía buscar la paz entre los Estados y garantizar el respeto de la dignidad humana.
Si la paz está en el centro de la cuestión, ¿cómo es que el derecho a la paz no nos suena? La Carta de Naciones Unidas, que crea esta organización internacional, recoge hasta 44 veces la palabra “paz”. Uno de los objetivos de la ONU, recogidos en su primer artículo, es el de mantener la paz. ¿Significa eso entonces que el derecho a la paz universal está configurado?
Por sorprendente que parezca, no está reconocido como un derecho humano, sino más bien como objetivo que los Estados deben perseguir. Sin embargo, en los últimos años, académicos y organizaciones de todo el mundo, liderados por la Asociación Española de Derecho Internacional de los Derechos Humanos, han realizado un titánico esfuerzo por promulgar un derecho humano a la paz en la esfera internacional.
Empezando desde la humilde pero ambiciosa Declaración de Luarca sobre el Derecho Humano a la Paz de 2006, que establece desde su comienzo la imperiosa necesidad de promover un nuevo orden económico que elimine la desigualdad, la exclusión y la pobreza, pues todas ellas generan una violencia estructural como origen de los conflictos y que es totalmente incompatible con la paz.
Lo que empezó en España se fue extendiendo por el resto de regiones del mundo hasta llegar, en 2010, al Consejo de Derechos Humanos de la ONU, que el 17 de junio, abrió un proceso para codificar un derecho humano a la paz e incluso llegó a crear un grupo de trabajo en 2012 para confeccionar una posible declaración de Naciones Unidas sobre el derecho a la paz.
En síntesis, lo que se pretendía era configurar un derecho cuyos titulares fueran las personas, los grupos, los pueblos, las minorías y la humanidad en su conjunto, siendo los obligados a respetarlo los Estados y organizaciones internacionales. A estas alturas, podemos imaginar que esto se parece más a una utopía que a un verdadero derecho humano, pero en conexión con nuevos derechos que ya se están reconociendo como el derecho a la seguridad humana, al desarrollo o, incluso, a un medio ambiente sano, se pretendió hacer realidad un derecho cuya mera persecución ya merece la pena para la humanidad en su conjunto.
Hablamos en pasado porque en 2016, cuando estaba a punto de conseguirse la ansiada declaración, los Estados que en ese momento componían el Consejo de Derechos Humanos cancelaron el mandato del grupo de trabajo y dejaron inacabado el proceso de codificación del derecho humano a la paz.
Mientras tanto, ¿hay algo que podamos hacer? ¡Por supuesto! La paz no es únicamente algo a perseguir a nivel internacional y no es solo la “ausencia de conflicto” (paz entendida en sentido negativo o restrictivo), sino la promoción de las condiciones y estructuras necesarias para que las personas puedan vivir de manera pacífica, sus Derechos Humanos sean respetados y la solidaridad se extienda por toda la sociedad. Ésta es la paz entendida de manera positiva, y su principal instrumento es la llamada “cultura de paz”, que supone extender los principios y valores de una convivencia pacífica a cualquier ámbito de nuestras vidas: las relaciones sociales, el trabajo, la escuela… Cualquier esfera es susceptible y a la vez imprescindible para promover la paz.
En definitiva, y a pesar de que la causa por codificar el derecho humano a la paz se haya estancado, no se puede perder la esperanza. Al fin y al cabo, no hay derecho humano que no haya tardado su tiempo en ser reconocido y protegido internacionalmente. No en vano, Derechos Humanos que hoy nos parecen esenciales hace decenas de años no eran considerados como tales.
¿Podrías imaginar un mundo en el que existiera un auténtico derecho a la paz y que ésta se pudiera realizar? Quién sabe. Quizás algún día los niños celebren el Día de la Paz de una manera distinta...
Mariano Rodrigo Navas Escribano
Secretario General del IIDH-España
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